AEPD sanciona al presidente de una comunidad por exponer datos personales en el tablón de anuncios

Resolución PS-00538-2017
Firmado 2018-07-19T00:00:00Z
Enlace 📋

En el procedimiento sancionador PS/00538/2017, se denunció al presidente de una comunidad de propietarios por exponer en el tablón de anuncios documentos que revelaban datos personales de un vecino. El documento en cuestión era una sentencia judicial que, aunque parcialmente anonimizada, permitía identificar al vecino y contenía información sobre una condena por un delito leve de coacciones.

El presidente de la comunidad argumentó que la exposición de la sentencia se hizo para informar a los vecinos, ya que la denuncia que dio lugar a la sentencia fue presentada por la mayoría de los propietarios. Sin embargo, la exposición de estos datos en un lugar accesible a personas ajenas a la comunidad vulneró el derecho a la protección de datos del vecino afectado.

La infracción se tipificó como grave según el artículo 44.3.d) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). La sanción inicial propuesta fue de 4.000 euros, pero se redujo a 900 euros considerando varios factores, como el tamaño de la comunidad, la falta de carácter continuado de la infracción y la retirada del documento del tablón.

La decisión se fundamenta en que la exposición de datos personales en un lugar de tránsito público, sin el consentimiento del afectado, vulnera el derecho a la protección de datos. Aunque la información podría ser de interés para los vecinos, el medio utilizado no garantizaba la privacidad de los datos personales del vecino afectado. La sanción impuesta busca resaltar la importancia de proteger los datos personales y evitar futuras vulneraciones.