AEPD sanciona a Orange España con 39.600 euros por enviar SMS publicitarios no autorizados y sin opción de oposición

Resolución PS-00536-2017
Firmado 2018-01-30T00:00:00Z
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En el procedimiento sancionador PS/00536/2017, se denunció a la entidad Orange Espagne, S.A.U. por el envío de mensajes SMS publicitarios no solicitados ni autorizados, además de no contar con un medio para oponerse al tratamiento de los datos con fines promocionales. Los hechos denunciados ocurrieron entre el 27 de febrero de 2017 y el 23 de mayo de 2017.

La denuncia fue presentada por B.B.B., quien adjuntó capturas de pantalla de dos SMS recibidos con contenido publicitario. Orange confirmó la recepción de estos mensajes y detalló las campañas publicitarias correspondientes, que incluyeron envíos masivos a numerosos registros.

Se determinó que Orange había incumplido el artículo 21.1 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI), que prohíbe el envío de comunicaciones publicitarias no solicitadas. Además, se consideró que había infringido el artículo 21.2 y 22.1 de la LSSI, al no ofrecer un medio sencillo y gratuito para que los destinatarios pudieran oponerse al tratamiento de sus datos con fines promocionales.

La sanción propuesta inicialmente fue de 66.000 euros, distribuida en 6.000 euros por la infracción leve y 60.000 euros por la infracción grave. Sin embargo, Orange optó por el pago voluntario de la sanción, lo que conllevó una reducción del 20% del importe total. Finalmente, la entidad pagó 39.600 euros, reconociendo su responsabilidad y renunciando a cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción. Esto llevó a la terminación del procedimiento sancionador.