AEPD sanciona a Factor Energía por cesión irregular de datos y rescisión unilateral de contrato sin notificación

Resolución PS-00533-2024
Firmado 2025-08-06T00:00:00Z
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El procedimiento sancionador se inició debido a una reclamación presentada por un cliente de FACTOR ENERGÍA, S.A. (en adelante, FACTOR ENERGÍA). El cliente denunció que la empresa había rescindido unilateralmente su contrato de suministro de gas sin comunicárselo previamente, lo que le impidió ejercer sus derechos conforme al Real Decreto 1434/2022. Además, el cliente afirmó que sus datos personales fueron comunicados de manera irregular a la mercantil COMERCIALIZADORA REGULADA GAS & POWER S.A. y a la empresa distribuidora NEDGIA, S.A., sin su consentimiento ni autorización previa.

FACTOR ENERGÍA argumentó que sus procedimientos de altas y bajas de suministros de gas están regulados por la normativa sectorial vigente y que actuaron conforme a los formatos y flujogramas establecidos por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Sin embargo, no pudieron acreditar que hubieran comunicado al cliente la finalización del contrato.

La investigación reveló que el contrato de suministro de gas del reclamante fue dado de baja por FACTOR ENERGÍA el 20 de octubre de 2022, sin que constara ninguna solicitud del cliente ni comunicación previa. La empresa distribuidora, al recibir la comunicación de baja, traspasó el suministro a un comercializador de último recurso, lo que implicó la cesión de datos personales del reclamante sin una base de legitimación adecuada.

La sanción se impuso debido a la vulneración del artículo 6.1 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que establece que el tratamiento de datos personales solo es lícito si se cumple al menos una de las condiciones establecidas, como el consentimiento del interesado o el cumplimiento de una obligación legal. En este caso, FACTOR ENERGÍA no pudo demostrar que hubiera una base legítima para la cesión de datos del reclamante.

La sanción impuesta fue de 6.000 euros, que se redujo a 4.800 euros debido al pago voluntario realizado por la empresa. Además, se ordenó a FACTOR ENERGÍA que adecuara sus procedimientos para garantizar que todos los tratamientos de