| Resolución | PS-00530-2017 |
| Firmado | 2018-04-13T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento sancionador PS/00530/2017, se denunció que la empresa MAS MOVIL TELECOM 3.0 S.A.U. (actualmente XFERA MOVILES, S.A.) había enviado mensajes telefónicos no solicitados a la denunciante, Dña. A.A.A., sin proporcionar un medio efectivo para oponerse a dichas comunicaciones. La denunciante recibió mensajes promocionales el 5 de mayo y el 17 de mayo de 2017, y alegó que el enlace proporcionado para oponerse a recibir más mensajes no funcionaba, mostrando un error «Page Not Found 404».
La empresa defendió que el enlace proporcionado era correcto y que el error podría deberse a problemas técnicos en el dispositivo de la denunciante. Sin embargo, se determinó que la empresa no había cumplido con la obligación de ofrecer un medio sencillo y gratuito para que los destinatarios pudieran oponerse al tratamiento de sus datos con fines promocionales, tal como establece el artículo 21.2 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI).
La infracción se calificó como leve según el artículo 38.4.d) de la LSSI. Se impuso una sanción de 2.500 euros a la empresa, considerando factores como la intencionalidad, la duración de la infracción y la ausencia de beneficios obtenidos. La resolución también advierte a la empresa sobre la necesidad de cumplir con la normativa vigente en futuras comunicaciones comerciales.