DGT sancionada por incumplir la normativa de protección de datos en el uso de tablets durante los exámenes de conducir

Resolución PS-00526-2024
Firmado 2025-03-11T00:00:00Z
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La Dirección General de Tráfico (DGT) fue denunciada por un examinador de tráfico que solicitó información sobre la geolocalización de las tablets utilizadas durante los exámenes de conducir. El examinador reclamó que no se le había informado adecuadamente sobre el uso de estos dispositivos y sus implicaciones en la protección de datos. La DGT argumentó que las tablets se utilizaban para registrar las faltas cometidas por los alumnos y mejorar la calidad del servicio, pero no se proporcionó información clara a los examinadores ni a los alumnos sobre el tratamiento de sus datos de geolocalización.

Se determinó que la DGT incumplió el artículo 30 del RGPD al no incluir en su Registro de Actividades de Tratamiento (RAT) la información completa sobre el tratamiento de datos de geolocalización. Además, se incumplió el artículo 13 del RGPD al no informar adecuadamente a los interesados sobre el tratamiento de sus datos personales. La DGT fue sancionada por estas infracciones y se le ordenó corregir estos incumplimientos en un plazo de tres meses.