AEPD sanciona a AECORP 005, S.L. con 12.000 euros por llamadas comerciales no consentidas y falta de información en el tratamiento de datos

Resolución PS-00525-2024
Firmado 2025-08-16T00:00:00Z
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El 25 de enero de 2024, un reclamante denunció a la entidad AECORP 005, S.L. por recibir una llamada comercial no deseada y un mensaje de texto (SMS) que incluía un enlace para firmar un documento de consentimiento para el tratamiento de datos personales. La llamada y el SMS provenían de la compañía BLEISOR, que ofrecía mejorar la tarifa de luz del reclamante. Durante la llamada, se proporcionaron datos personales del reclamante, como nombre, DNI, dirección y número de cuenta bancaria, sin su consentimiento previo.

El reclamante recibió múltiples llamadas desde diferentes números, todas identificadas como «AECORP» o «Zero Business». La entidad FROM ZERO BUSINESS, S.L. admitió haber realizado las llamadas para promocionar ofertas de suministro eléctrico, pero no pudo acreditar el consentimiento del reclamante ni la legitimidad de los datos utilizados. La entidad BLEISOR SOLUTION, S.A.S., responsable del tratamiento de datos, no tenía un delegado de protección de datos ni representante en la Unión Europea.

La decisión sancionó a AECORP 005, S.L. por dos infracciones: la primera, por realizar llamadas comerciales sin el consentimiento previo del reclamante, vulnerando el artículo 66.1.b) de la Ley General de Telecomunicaciones (LGTEL); y la segunda, por no proporcionar la información necesaria sobre el tratamiento de datos personales, incumpliendo el artículo 14 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La sanción impuesta fue de 6.000 euros por cada infracción, totalizando 12.000 euros. Además, se ordenó a AECORP adecuar su actuación a la normativa de protección de datos en un plazo de tres meses.