La AEPD sanciona a QUALITY-PROVIDER S.A. con 20.000 euros por tratar datos sin base legal y obstaculizar la supresión de datos personales.

Resolución PS-00524-2022
Firmado 2023-06-02T00:00:00Z
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El reclamante denunció a QUALITY-PROVIDER S.A. por recibir una llamada telefónica de una inmobiliaria, TEMPOCASA, que había obtenido sus datos personales de INGLOBALY, una entidad con la que el reclamante había solicitado la eliminación de sus datos. El reclamante había solicitado la supresión de sus datos a QUALITY-PROVIDER S.A., pero se le redirigió a un tercero para hacerlo y se le solicitó una copia del DNI, lo cual se negó a proporcionar.

La entidad reclamada fue sancionada con una multa de 20.000 euros por dos infracciones: la primera, por tratar datos personales sin una base legal adecuada, y la segunda, por obstaculizar el ejercicio del derecho de supresión de datos. La sanción se impuso debido a que QUALITY-PROVIDER S.A. no justificó la legitimidad del tratamiento de los datos y no facilitó el proceso de supresión de los mismos, exigiendo documentación adicional de manera desproporcionada.