AEPD sanciona a GESTIÓN DE VENTAS IBERIA S.L. con 4.000 euros por llamadas y mensajes no consentidos y falta de información sobre protección de datos.

Resolución PS-00522-2024
Firmado 2025-08-31T00:00:00Z
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El 3 de enero de 2024, un ciudadano recibió una llamada telefónica de la empresa GESTIÓN DE VENTAS IBERIA S.L. en la que se le solicitaba gestionar el cambio de empresa distribuidora de suministro de luz. Durante la llamada, el reclamante recibió un SMS con un enlace para firmar un documento de protección de datos. La llamada y el mensaje incluían datos personales del reclamante, como su nombre, dirección, número de teléfono, correo electrónico y número de cuenta bancaria.

El reclamante denunció que la empresa no tenía su consentimiento para realizar estas comunicaciones ni para tratar sus datos personales. Además, no se le proporcionó información sobre la procedencia de sus datos, la base jurídica del tratamiento, la identidad del responsable del tratamiento ni sus derechos en materia de protección de datos.

La investigación confirmó que la llamada fue realizada por GESTIÓN DE VENTAS IBERIA S.L. y que el SMS fue enviado por una empresa colombiana. Sin embargo, la entidad reclamada no respondió a los requerimientos de información, lo que impidió esclarecer completamente las circunstancias del caso.

Se determinó que la empresa había vulnerado el artículo 66.1.b) de la Ley General de Telecomunicaciones (LGTEL), que prohíbe las llamadas no deseadas con fines comerciales sin consentimiento previo, y el artículo 14 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que obliga a informar a los interesados sobre el tratamiento de sus datos personales cuando estos no han sido obtenidos directamente de ellos.

Por estas infracciones, se impuso a GESTIÓN DE VENTAS IBERIA S.L. una sanción de 2.000 euros por cada una de las vulneraciones, totalizando 4.000 euros. Además, se ordenó a la empresa que, en un plazo de tres meses, adecuara su actuación a la normativa de protección de datos personales. La resolución advierte que el incumplimiento de esta orden podría dar lugar a un nuevo procedimiento sancionador.