Vodafone Multada por Mezcla de Datos Personales: AEPD Impone Sanción de 6.000 Euros por Errores en Facturación y Comunicaciones

Resolución PS-00521-2017
Firmado 2018-01-15T00:00:00Z
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El procedimiento sancionador PS/00521/2017 se inició tras una denuncia presentada por A.A.A. contra VODAFONE ONO, S.A.U. La denuncia se basaba en la recepción de llamadas y facturas incorrectas relacionadas con una tercera persona, B.B.B., debido a una mezcla de datos personales de distintos clientes.

A.A.A. era titular de varias líneas telefónicas que había portado a VODAFONE en junio de 2016. A partir de septiembre de 2016, comenzó a recibir llamadas y facturas destinadas a B.B.B., una persona con la que no tenía relación. Este problema persistió hasta que A.A.A. dio de baja sus servicios en octubre de 2016. La denuncia incluía documentación que respaldaba estos hechos, como copias de reclamaciones y extractos bancarios que mostraban cobros incorrectos.

La entidad VODAFONE ONO, S.A.U. fue sancionada por una infracción del artículo 4.3 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, que establece que los datos personales deben ser exactos y actualizados. La infracción se consideró grave y se propuso una sanción de 10.000 euros, que se redujo a 6.000 euros debido al pago voluntario y el reconocimiento de responsabilidad por parte de la empresa.

La sanción se impuso debido a la mezcla de datos personales de distintos clientes, lo que resultó en la recepción de comunicaciones y facturas incorrectas. La entidad reconoció su responsabilidad y procedió al pago de la sanción reducida, lo que llevó a la terminación del procedimiento sancionador.