| Resolución | PS-00516-2024 |
| Firmado | 2025-12-20T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento sancionador se inició tras una reclamación presentada el 10 de mayo de 2023 por un usuario que denunció que un paquete dirigido a él fue entregado sin su consentimiento a un tercero, exponiendo sus datos personales (nombre, apellidos, dirección y número de teléfono) a terceros. La empresa responsable de la entrega era ECOSCOOTING DELIVERY, S.L., que subcontrata servicios de reparto a otras flotas.
ECOSCOOTING argumentó que tenía protocolos y medidas de seguridad para evitar entregas no autorizadas, incluyendo la necesidad de obtener el consentimiento del destinatario para entregar el paquete a un tercero. Sin embargo, en este caso, el repartidor incumplió dichos protocolos al entregar el paquete a un tercero sin autorización.
La investigación reveló que el repartidor, perteneciente a una de las flotas subcontratadas por ECOSCOOTING, no siguió las instrucciones establecidas en los contratos y protocolos de la empresa. ECOSCOOTING había implementado medidas correctivas y de seguridad adicionales tras el incidente, como la eliminación de números de teléfono completos en las etiquetas de envío y la implementación de un sistema de seguimiento de incidencias.
Finalmente, se decidió archivar el procedimiento sancionador contra ECOSCOOTING DELIVERY, S.L. debido a que la empresa contaba con medidas adecuadas para garantizar la integridad y confidencialidad de los datos, y el incumplimiento se debió a la actuación del repartidor, quien determinó fines y medios del tratamiento de datos en contra de las instrucciones proporcionadas.