| Resolución | PS-00516-2021 |
| Firmado | 2022-06-01T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
B.B.B. fue sancionado por instalar un sistema de videovigilancia que captaba imágenes de un camino público y zonas privadas sin justificación. La denuncia, presentada por A.A.A., alegaba que la cámara grababa a personas, incluyendo menores, y que las imágenes se difundían sin consentimiento a través de WhatsApp. Además, se denunciaron calumnias y amenazas verbales. La sanción de 300 euros se impuso por vulnerar el principio de proporcionalidad en el tratamiento de datos personales, según el artículo 5.1.c) del RGPD. Se ordenó a B.B.B. reorientar o retirar la cámara para evitar captar áreas no permitidas.