AEPD sanciona a Factor Energía con 24.000 euros por enviar publicidad sin consentimiento y sin base legítima

Resolución PS-00508-2022
Firmado 2023-01-02T00:00:00Z
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La decisión se refiere a un procedimiento sancionador iniciado contra FACTOR ENERGÍA, S.A. por una reclamación presentada por un ciudadano que recibió una comunicación publicitaria por correo postal. El reclamante alegó que la empresa estaba tratando sus datos personales de manera ilegal, ya que no mantenía ninguna relación con ella y desconocía el origen de sus datos.

La empresa argumentó que los datos se obtuvieron de fuentes públicas y del Sistema de Información de Puntos de Suministro (SIPS), aunque no pudo precisar la fuente exacta debido a un ataque informático. La empresa también afirmó que los datos se utilizaron para enviar publicidad basada en estimaciones genéricas y no en información personalizada.

El procedimiento se inició con una sanción propuesta de 40.000 euros, que se redujo a 24.000 euros debido al reconocimiento de responsabilidad y el pago voluntario por parte de FACTOR ENERGÍA. La sanción se impuso por considerar que la empresa no tenía una base legítima para tratar los datos personales del reclamante con fines de mercadotecnia directa. La decisión concluyó con la terminación del procedimiento sancionador tras el pago de la sanción.