| Resolución | PS-00506-2025 |
| Firmado | 2026-07-06T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Resumen de la decisión:
El Ayuntamiento de Canals fue sancionado por no garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales de tres alumnos participantes en un taller de empleo subvencionado. El 1 de mayo de 2024, exámenes con nombres, apellidos y DNI de los alumnos fueron abandonados en la vía pública, cerca de contenedores de basura, en el municipio de Canals (Valencia). Los documentos, que contenían información sensible, quedaron expuestos a accesos no autorizados por parte de terceros, incluyendo su publicación en redes sociales. El Ayuntamiento reconoció el incidente y su negligencia, admitiendo que no se siguieron los protocolos de destrucción de documentos, que incluían el uso de una destructora de papel. Aunque se implementaron mejoras posteriores en los procedimientos, el organismo determinó que existió una vulneración del principio de integridad y confidencialidad establecido en el artículo 5.1.f del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
Razón de la sanción:
Según el artículo 83.5.a del RGPD, la infracción se considera grave al no implementar medidas técnicas y organizativas adecuadas para evitar la exposición indebida de datos personales. El Ayuntamiento, al ser una entidad pública, no puede ser multado directamente, pero se le declaró la infracción de conformidad con el artículo 77 de la LOPDGDD, que exige una resolución declaratoria para entidades públicas. La sanción no incluye multa administrativa, pero se insta al cumplimiento de las medidas correctivas ya adoptadas y se comunicará la decisión al Defensor del Pueblo para su conocimiento.