| Resolución | PS-00505-2017 |
| Firmado | 2018-03-05T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento sancionador PS/00505/2017, se denunció que la entidad BANKINTER, S.A. había incluido los datos de una cliente, Dña. A.A.A., en los ficheros de solvencia patrimonial y de crédito ASNEF y BADEXCUG, a pesar de que la cliente estaba al corriente de pago de su préstamo hipotecario. La denunciante alegó que la inclusión de sus datos se debió a un error del sistema de la entidad, que calificó el préstamo como «dudoso» debido a la declaración de concurso voluntario por parte del cotitular del préstamo.
La entidad explicó que la calificación de «dudoso» se realizó conforme a la normativa del Banco de España, y que el error se debió a un problema técnico en el procesamiento de los pagos, que se realizaban manualmente debido al bloqueo de la cuenta bancaria asociada al préstamo. BANKINTER aseguró que, una vez detectado el error, procedió a dar de baja los datos de la denunciante en los ficheros de solvencia.
La inclusión incorrecta de los datos de la cliente en los ficheros de morosidad se consideró una infracción grave de la normativa de protección de datos, ya que los datos no eran exactos y no respondían con veracidad a la situación actual de la afectada. La sanción propuesta inicialmente fue de 12.000 euros, pero se redujo a 9.600 euros debido al reconocimiento de responsabilidad por parte de la entidad y el pago voluntario de la sanción.
Finalmente, el procedimiento se terminó con el pago de la sanción por parte de BANKINTER, S.A., que aceptó la responsabilidad y renunció a cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción.