| Resolución | PS-00502-2021 |
| Firmado | 2022-02-01T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un vecino denunció a su vecino por instalar una cámara de videovigilancia con micrófono en su balcón, la cual captaba imágenes y sonidos del balcón del reclamante. La cámara, en ocasiones, estaba orientada hacia zonas fuera de la propiedad del reclamado, lo que vulneraba la privacidad del reclamante. El reclamado no presentó alegaciones ni pruebas para contradecir los hechos denunciados. Se determinó que la instalación de la cámara infringía el principio de proporcionalidad y el respeto a la intimidad, violando el artículo 5.1.c del RGPD. Como sanción, se le dirigió un apercibimiento y se le ordenó retirar la cámara o reubicarla para que no captara imágenes ni sonidos de las viviendas colindantes.