| Resolución | PS-00493-2022 |
| Firmado | 2023-07-24T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. denunció a D. B.B.B. por la instalación de un sistema de videovigilancia en una parcela rural, con cámaras orientadas a un camino público sin autorización administrativa. Los carteles informativos solo mencionaban una empresa de seguridad, sin más detalles. La parte reclamada no respondió a los requerimientos de información. Se determinó que las cámaras capturaban imágenes de la vía pública, incumpliendo el principio de minimización de datos del RGPD. Por ello, se impuso una multa de 300 euros y se ordenó la retirada o regularización de las cámaras para que no graben el camino público.