AEPD sanciona con apercibimiento a D. A.A.A. por revelar datos personales sin autorización en correo masivo

Resolución PS-00482-2020
Firmado 2021-05-31T00:00:00Z
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En el procedimiento PS/00482/2020, se denunció que el 23 de marzo de 2020, D. A.A.A. envió un correo electrónico masivo a clientes, proveedores y patrocinadores, revelando los nombres y DNI de D. B.B.B. y D. C.C.C. sin su autorización. Los reclamantes alegaron que esta acción vulneraba sus derechos de protección de datos.

El reclamado argumentó que él no era el empresario, sino que lo eran los reclamantes, y que estos habían utilizado fraudulentamente la marca y el logo sin su consentimiento. Sin embargo, no presentó pruebas que corroboraran esta afirmación.

Se determinó que la difusión de los datos personales, incluyendo el DNI, era excesiva y no estaba justificada por los fines perseguidos, incumpliendo el principio de minimización de datos del RGPD. Por ello, se impuso una sanción de apercibimiento a D. A.A.A. por el tratamiento inadecuado de datos personales.