| Resolución | PS-00473-2020 |
| Firmado | 2021-04-05T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento sancionador PS/00473/2020 se inició tras una denuncia de A.A.A. contra KUTXABANK, S.A. El reclamante solicitó la supresión de sus datos personales el 9 de diciembre de 2019 y, aunque recibió confirmación de la supresión, posteriormente encontró dificultades para abrir una nueva cuenta debido a que sus datos estaban bloqueados. La entidad le exigió firmar un documento para desbloquear sus datos, lo cual fue considerado una infracción del derecho de supresión de datos personales.
La infracción se basó en que KUTXABANK no permitió al reclamante abrir una nueva cuenta sin revocar previamente el derecho de supresión, lo cual no está previsto en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La entidad fue sancionada con una multa de 100.000 euros, reducida a 60.000 euros debido al pago voluntario y reconocimiento de responsabilidad. El procedimiento se terminó tras el pago de la sanción.