La AEPD multa a INCOPROSOL, S.L. con 5000 euros por grabar conversaciones telefónicas sin consentimiento y vulnerar el RGPD

Resolución PS-00469-2021
Firmado 2022-01-14T00:00:00Z
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Un individuo denunció a INCOPROSOL, S.L. por grabar una conversación telefónica sin su consentimiento previo ni notificación. La empresa no respondió a los requerimientos para aclarar el incidente. Se determinó que la grabación vulneró el principio de transparencia y minimización de datos del RGPD. La falta de respuesta y pruebas por parte de la empresa confirmaron la infracción. Se impuso una multa de 5000 euros por no cumplir con los principios básicos de protección de datos.