| Resolución | PS-00469-2017 |
| Firmado | 2018-03-02T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento sancionador PS/00469/2017, se denunció que la empresa DTS Distribuidora de Televisión Digital, S.A. había incluido los datos de B.B.B. en ficheros de solvencia patrimonial sin haber requerido previamente el pago de una deuda. B.B.B. alegó que no había recibido ninguna notificación de la deuda antes de que sus datos fueran incluidos en dichos ficheros.
La denuncia se basó en la falta de validación mecánica o sello autorizado del servicio de Correos en los albaranes de entrega de las cartas de requerimiento de pago. Esto significaba que no había evidencia clara de que las notificaciones hubieran sido enviadas al denunciante antes de la inclusión de sus datos en los ficheros de morosidad.
Durante el procedimiento, DTS presentó documentos que supuestamente acreditaban el envío de las cartas, pero estos documentos fueron cuestionados por su falta de autenticidad y validación adecuada. La empresa Correos Nexea, encargada de la gestión documental, informó que los albaranes presentados no correspondían a su operativa y que los certificados no estaban firmados ni tenían el formato oficial.
Finalmente, se determinó que DTS había incurrido en una infracción grave al no cumplir con el requisito de notificar adecuadamente al denunciante antes de incluir sus datos en ficheros de morosidad. La sanción impuesta fue de 50.000 euros, debido a la gravedad de la infracción y la falta de colaboración por parte de la empresa encargada del envío de las notificaciones.