AEPD archiva procedimiento contra AIQON y ASNEF-EQUIFAX tras confirmar cumplimiento de notificaciones de deuda

Resolución PS-00466-2017
Firmado 2018-01-17T00:00:00Z
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En el procedimiento PS/00466/2017, se denunció que AIQON CAPITAL, S.A.R. (AIQON) había incluido los datos de D.D.D. en el fichero de solvencia patrimonial y de crédito ASNEF sin requerimiento previo de pago por una deuda que el denunciante consideraba inexistente. El denunciante alegó que había contratado una tarjeta de crédito con el Banco Santander, la cual fue dada de baja al refinanciar la deuda, pero un error del banco generó gastos adicionales no comunicados.

D.D.D. solicitó en varias ocasiones la cancelación de sus datos en el fichero ASNEF, pero estas solicitudes fueron denegadas debido a la confirmación de la deuda por parte de AIQON. El denunciante presentó documentación que respaldaba su versión, incluyendo un dictamen de riesgos del Banco Santander y extractos de la tarjeta de crédito.

Durante la investigación, se verificó que ASNEF-EQUIFAX había enviado notificaciones de inclusión en el fichero ASNEF al denunciante, las cuales fueron devueltas por motivos como «desconocido» o «faltan datos». AIQON confirmó la dirección de envío en ambas ocasiones, cumpliendo con la obligación de notificación establecida por la normativa de protección de datos.

Finalmente, se determinó que ASNEF-EQUIFAX había cumplido con las obligaciones legales al notificar la inclusión de los datos en el fichero y verificar la dirección con la entidad informante. Por ello, se decidió archivar el procedimiento sancionador, sin imponer ninguna sanción.