| Resolución | PS-00465-2020 |
| Firmado | 2021-05-20T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un vecino denunció a otro por instalar una cámara de videovigilancia que graba la zona común y la vía pública, incluyendo las entradas y salidas de su casa. La cámara capta imágenes de terceros sin su consentimiento, lo que vulnera el principio de proporcionalidad y el deber de información establecidos en la normativa de protección de datos.
Se impuso una sanción de apercibimiento debido a que se trata de un particular sin actividad principal vinculada al tratamiento de datos y no hay reincidencia. Además, se requirió al vecino que retire o reoriente la cámara para que solo grabe su propiedad particular, bajo amenaza de un nuevo procedimiento sancionador si no cumple.