AEPD sanciona a Vodafone con 40.000 euros por incumplir el consentimiento libre en el tratamiento de datos personales

Resolución PS-00456-2019
Firmado 2020-09-29T00:00:00Z
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El procedimiento sancionador PS/00456/2019 se inició tras una denuncia de un cliente de Vodafone España. El cliente reclamó que, en la sección de «Privacidad de tus Datos» de su cuenta personal, una casilla que permitía a Vodafone tratar sus datos de facturación, tráfico y navegación para enviar comunicaciones comerciales estaba premarcada sin su consentimiento. Además, el cliente consideró que el listado de consentimientos era confuso, ya que incluía tanto opciones afirmativas como negativas.

Vodafone argumentó que las casillas no estaban premarcadas y que solo el cliente podía gestionar sus preferencias. La empresa también explicó que, al recibir la reclamación, desmarcó la casilla en cuestión para cumplir con la solicitud del cliente. Sin embargo, la entidad fue sancionada con 40.000 euros por incumplir el principio del consentimiento libre, según el artículo 7 del RGPD. La sanción se justificó porque, aunque Vodafone negó la premarcación de las casillas, no proporcionó pruebas suficientes para demostrarlo inicialmente, lo que generó dudas sobre la licitud del tratamiento de los datos.