AEPD sanciona con apercibimiento a B.B.B. por intrusión en la intimidad con cámaras de videovigilancia en Alicante

Resolución PS-00452-2020
Firmado 2021-05-07T00:00:00Z
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Un individuo denunció a B.B.B. por la instalación de un sistema de videovigilancia en Alicante que, según el denunciante, invadía su intimidad y la de su familia. El sistema constaba de tres cámaras: una fija y dos móviles que enfocaban directamente al interior de su propiedad. El denunciante alegó que las cámaras realizaban un intrusismo abusivo.

El reclamado argumentó que las cámaras solo grababan su propiedad y que el denunciante pasaba por su parcela debido a una supuesta servidumbre de paso. Sin embargo, una de las cámaras captaba imágenes de otras viviendas y una vía pública, lo que constituía una infracción del principio de minimización de datos del RGPD.

Durante el procedimiento, el reclamado reubicó la cámara problemática hacia su espacio privado. Debido a esta corrección y a la colaboración mostrada, se impuso una sanción de apercibimiento. La decisión subrayó la importancia de respetar los derechos de terceros y ajustarse a las reglas de buena vecindad.