| Resolución | PS-00450-2022 |
| Firmado | 2023-08-16T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
B.B.B. fue sancionado con una multa de 5.000 euros por la instalación de una cámara de videovigilancia en la fachada de su chalet, enfocada hacia la terraza y piscina compartidas por los inquilinos. Los inquilinos denunciaron que la instalación no fue notificada ni se solicitó su consentimiento, afectando su intimidad y derechos sobre la protección de datos personales. La sanción se impuso por la falta de base jurídica que legitime el tratamiento de datos personales (la imagen de los inquilinos). Además, se ordenó la retirada de la cámara en un plazo de diez días hábiles desde la notificación de la resolución.