| Resolución | PS-00448-2022 |
| Firmado | 2023-03-17T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La parte reclamante denunció que INGENIERÍA Y TELECOM JAÉN, S.L. (INYTEL), una franquicia de VODAFONE, renovó su contrato sin su consentimiento. La reclamante recibió una llamada informando sobre la finalización de una promoción y, aunque indicó que debía pensarlo, la promoción fue renovada sin su firma ni consentimiento. INYTEL argumentó que las contrataciones se envían a VODAFONE para confirmación, pero se comprobó que la renovación se realizó manualmente sin el consentimiento de la reclamante. La infracción se sancionó con una multa de 10.000 euros debido a la vulneración del artículo 6 del RGPD, que establece que el tratamiento de datos solo es lícito con el consentimiento del interesado o bajo ciertas condiciones específicas.