| Resolución | PS-00445-2020 |
| Firmado | 2021-11-17T00:00:00Z |
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El procedimiento sancionador se inició debido a una reclamación contra ESFERA CAPITAL AGENCIA DE VALORES, S.A. por varias irregularidades en la gestión de datos personales. El reclamante denunció la falta de un Delegado de Protección de Datos, la ausencia de una Evaluación de Impacto relativa a la protección de datos, la inexistencia de un Código de Conducta y la presunta comunicación indebida de sus datos personales a terceros.
La empresa, que se encontraba en proceso de cierre y sin actividad desde mayo de 2020, argumentó que no estaba obligada a tener un Delegado de Protección de Datos debido a su tamaño y naturaleza. Sin embargo, se comprobó que ESFERA CAPITAL, como empresa de servicios de inversión, sí estaba obligada a designar esta figura según la normativa vigente. La entidad había designado un Delegado de Protección de Datos en abril de 2019, pero este causó baja en junio de 2020.
Finalmente, se decidió sancionar a ESFERA CAPITAL con un apercibimiento por no haber mantenido la designación del Delegado de Protección de Datos durante el período requerido, incumpliendo así el artículo 37.1 del RGPD en relación con el artículo 34.1 de la LOPDGDD. La sanción se calificó como grave a efectos de prescripción.