AEPD sanciona a Bankinter con 16.000 euros por incluir erróneamente datos en la CIRBE

Resolución PS-00441-2017
Firmado 2018-03-14T00:00:00Z
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En el procedimiento sancionador PS/00441/2017, se denunció que BANKINTER, S.A. había incluido los datos personales de un individuo en el fichero de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) por una deuda inexistente. El denunciante, quien había sido fiador de una empresa en un préstamo, alegó que la deuda había sido cancelada en 1994 y que la empresa había cumplido con el convenio de pago aprobado por los acreedores, incluyendo BANKINTER.

La entidad financiera reconoció un error en su sistema informático, atribuido a un cambio en el formato de envío de información a la CIRBE por parte del Banco de España en abril de 2016. Este error llevó a la inclusión errónea de los datos del denunciante en la CIRBE. BANKINTER actuó con diligencia al subsanar el error tan pronto como fue consciente de él, eliminando la información incorrecta y notificando al denunciante.

La infracción se consideró grave según la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), específicamente por tratar datos personales con conculcación de los principios de calidad de los datos. La sanción propuesta inicialmente fue de 20.000 euros, pero se aplicó una reducción del 20% por el pago voluntario, quedando la sanción en 16.000 euros. Este pago voluntario conllevó la terminación del procedimiento sancionador.