| Resolución | PS-00439-2024 |
| Firmado | 2025-11-14T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La clínica dental AXARQUIA VELEZ DENTAL, S.L. fue denunciada por un sistema de videovigilancia en su interior que no estaba debidamente señalizado. El sistema incluía cámaras en pasillos, sala de espera, despacho del coordinador, quirófanos y recepción. La denuncia alegaba que este sistema no cumplía con las normativas de protección de datos, ya que no informaba adecuadamente a los afectados sobre la existencia y finalidad de la videovigilancia.
La clínica reconoció la responsabilidad por la infracción del artículo 5.1.c) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que establece el principio de minimización de datos. Este principio exige que los datos personales sean adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados. La clínica instaló cámaras en áreas donde se grababan imágenes de pacientes y empleados de manera constante, lo cual se consideró excesivo y no proporcional a los fines de seguridad.
La infracción se tipificó como muy grave, con una sanción inicial de 5.000 euros. Sin embargo, debido al pago voluntario y el reconocimiento de responsabilidad por parte de la clínica, se aplicaron reducciones del 40%, resultando en una sanción final de 3.000 euros. Además, se ordenó a la clínica redirigir las cámaras para evitar la captación continua de áreas sensibles, como los gabinetes y los puestos de trabajo de los empleados. La clínica también tuvo que acreditar ante la autoridad competente la correcta implementación de estas medidas.