La AEPD sanciona con 2.000 euros a una empresa por grabar a empleados sin informar adecuadamente y usar cámaras en zonas de descanso.

Resolución PS-00437-2025
Firmado 2026-07-23T00:00:00Z
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Resumen de la decisión:

Se ha impuesto una sanción de 2.000 euros a una empresa por incumplir la normativa de protección de datos en su sistema de videovigilancia. La reclamación denunciaba la instalación de cámaras sin informar adecuadamente a los empleados, sin carteles visibles que indicaran la existencia del sistema, su finalidad o los derechos de los afectados. Además, se cuestionaba el acceso en tiempo real a las imágenes desde un dispositivo personal del empleador y la instalación de cámaras en áreas de descanso.

La empresa no respondió a la notificación inicial ni presentó alegaciones durante el procedimiento, lo que llevó a considerar el acuerdo de inicio como propuesta de resolución. La infracción se basó en el incumplimiento del artículo 13 del RGPD, que exige informar claramente a los interesados sobre el tratamiento de sus datos personales. La sanción se justifica por la gravedad de la omisión, ya que los empleados desconocían si estaban siendo grabados, especialmente en zonas privadas como comedores o salas de reuniones.

Como medida correctiva, se ordenó a la empresa que, en un plazo de un mes, informara debidamente a los trabajadores sobre el sistema de videovigilancia, actualizando los carteles informativos con los datos del responsable, la finalidad del tratamiento y los derechos aplicables. La multa se considera proporcionada al riesgo generado para los derechos de los empleados, aunque no se acreditó un uso indebido de las grabaciones.