| Resolución | PS-00437-2021 |
| Firmado | 2021-12-16T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un vecino denunció la instalación de una cámara en la fachada trasera de la propiedad de otro vecino, alegando que no estaba señalizada y afectaba a su espacio privativo. La parte denunciada no respondió a las notificaciones ni aclaró la legalidad del dispositivo. Se consideró que la cámara podría afectar a la intimidad de terceros y no cumplía con los principios de minimización de datos del RGPD. Por ello, se impuso un apercibimiento, ordenando que se acredite la legalidad de la cámara o se reoriente hacia una zona exclusivamente privativa en un plazo de un mes. La sanción se justifica por la falta de colaboración y la posible afectación a los derechos de privacidad.