| Resolución | PS-00430-2018 |
| Firmado | 2020-02-04T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El reclamante, un empleado del Ayuntamiento de Ribadedeva, interpuso una demanda laboral contra el alcalde y el ayuntamiento, solicitando la extinción de su contrato por acoso laboral y una indemnización. Tras la desestimación de la demanda, el alcalde publicó la sentencia completa en su perfil de Facebook, exponiendo datos personales del reclamante y de una compañera de trabajo.
El reclamante denunció esta publicación, argumentando que la exposición de la sentencia vulneraba su privacidad y derechos personales. El alcalde justificó su acción alegando que respondía a las acusaciones del reclamante y que la publicación tenía un interés público.
La resolución determinó que el alcalde actuó a título personal y no en representación del ayuntamiento, por lo que no se le impuso sanción al ayuntamiento. Sin embargo, se inició un procedimiento sancionador contra el alcalde por la infracción del artículo 6.1.f del RGPD, que regula el tratamiento de datos personales.