| Resolución | PS-00429-2024 |
| Firmado | 2024-12-23T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La empresa CRIDOLMA BARCELONA S.L. fue sancionada por no atender una solicitud de acceso a datos personales. Un individuo ejerció su derecho de acceso, pero la empresa no respondió adecuadamente dentro del plazo establecido. Tras varios requerimientos y notificaciones, la empresa no cumplió con la resolución que le instaba a atender la solicitud o a denegarla motivadamente. La infracción se tipifica como muy grave según el artículo 83.6 del RGPD, por lo que se impuso una multa de 9.000 euros. Además, se ordenó a la empresa que atendiera el derecho de acceso o denegara la solicitud dentro de un plazo específico, bajo amenaza de nuevas sanciones en caso de incumplimiento.