Orange España, S.A.U. sancionada con 36.000 euros por tratar datos personales sin consentimiento

Resolución PS-00428-2017
Firmado 2018-01-02T00:00:00Z
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En el procedimiento sancionador PS/00428/2017, se denunció que la entidad Orange Espagne, S.A.U. (Jazztel) había tratado datos personales sin el consentimiento del denunciante, D. B.B.B. Este tratamiento se relacionaba con la contratación de tres líneas telefónicas móviles, a pesar de que el denunciante solo era cliente de una línea fija. El denunciante presentó varias pruebas, incluyendo facturas y denuncias ante la Guardia Civil, para respaldar su reclamación.

La entidad fue acusada de infringir el artículo 6.1 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, que establece que el tratamiento de datos personales requiere el consentimiento inequívoco del afectado. Esta infracción se considera grave y puede ser sancionada con multas que van desde 40.001 € a 300.000 €.

Orange Espagne, S.A.U. reconoció su responsabilidad y optó por pagar voluntariamente la sanción propuesta, lo que implicó una reducción del 20% sobre el importe inicial. La sanción final se estableció en 36.000 €, y este pago llevó a la terminación del procedimiento sancionador. La entidad también renunció a cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.