| Resolución | PS-00424-2018 |
| Firmado | 2019-11-21T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El Servicio Andaluz de Salud (SAS) fue sancionado por no atender adecuadamente el derecho de rectificación de datos personales de un paciente. El paciente, identificado como A.A.A., denunció que su historia clínica contenía información errónea y datos de salud de un tercero que había suplantado su identidad en varias ocasiones.
El paciente había solicitado la rectificación de estos datos en junio de 2018, pero no recibió respuesta hasta febrero de 2019. Durante este período, la historia clínica del paciente incluía registros de pruebas médicas y diagnósticos que no le correspondían, lo que vulneraba los principios de exactitud y confidencialidad de los datos personales.
La sanción impuesta fue de apercibimiento, ya que el SAS no había implementado medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la seguridad y exactitud de los datos de salud de los pacientes. Además, se ordenó al SAS que atendiera íntegramente la solicitud de rectificación del paciente, eliminando la información incorrecta de su historia clínica y adoptando medidas para evitar futuras incidencias similares.
El SAS argumentó que había trabajado en la rectificación de los datos y que había adoptado medidas para mejorar los protocolos de identificación de pacientes. Sin embargo, estas acciones no fueron consideradas suficientes para evitar la sanción, ya que no se habían implementado a tiempo para corregir la situación del paciente.