| Resolución | PS-00422-2021 |
| Firmado | 2022-07-19T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La decisión se refiere a un procedimiento sancionador iniciado contra A.A.A. por una reclamación presentada por B.B.B. La reclamación denunciaba que A.A.A. había enviado un informe y facturas de su hija menor de edad, junto con datos personales de terceros, desde un correo electrónico de una papelería-librería. Esto se consideró una vulneración del deber de confidencialidad y protección de datos.
A.A.A. alegó que había obtenido el consentimiento necesario y que la incidencia se debió a un error informático. Sin embargo, se determinó que había incumplido el artículo 5.1.f del RGPD (principios relativos al tratamiento de datos) y el artículo 32 del RGPD (seguridad del tratamiento). Se propuso una sanción de 5.000 euros, que se redujo a 4.000 euros por pago voluntario. El procedimiento se terminó tras el pago de la sanción, renunciando A.A.A. a cualquier recurso.