| Resolución | PS-00417-2020 |
| Firmado | 2021-03-01T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La entidad CERTIME, S.A. fue sancionada con 5.000 euros por tratar los datos personales de una reclamante con una finalidad diferente a la inicialmente establecida. La reclamante denunció que, tras renovar su carnet de conducir en 2009 y cambiar de domicilio en 2018, recibió publicidad postal en su nueva dirección sin su consentimiento. CERTIME alegó que obtuvo la nueva dirección de la base de datos de la Dirección General de Tráfico (DGT). Sin embargo, la DGT aclaró que solo permite acceder a los datos de domicilio en presencia del interesado y con su consentimiento. La entidad fue sancionada por incumplir el principio de limitación de la finalidad del tratamiento de datos personales, establecido en el artículo 5.1.b del RGPD.