La AEPD sanciona a MIRACLIA TELECOMUNICACIONES con 40.000 euros por graves infracciones en la protección de datos personales

Resolución PS-00416-2019
Firmado 2020-11-23T00:00:00Z
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La decisión sanciona a la empresa MIRACLIA TELECOMUNICACIONES, S.L. por dos infracciones relacionadas con la protección de datos personales. La primera infracción, tipificada en los artículos 13 y 14 del RGPD, se refiere a la falta de transparencia en la información proporcionada a los usuarios sobre el tratamiento de sus datos personales, lo cual es calificada como muy grave y sancionada con una multa de 20.000 euros. La segunda infracción, tipificada en el artículo 6 del RGPD, se refiere a la falta de licitud en el tratamiento de datos personales, también calificada como muy grave y sancionada con una multa de 20.000 euros. Además, se requiere a la empresa que adecue sus operaciones de tratamiento de datos y la información ofrecida a sus clientes a la normativa de protección de datos personales en un plazo de tres meses.