La AEPD sanciona a la Consejería de Educación de Madrid por grabar sesiones telemáticas sin consentimiento y sin informar adecuadamente a los afectados.

Resolución PS-00412-2020
Firmado 2021-11-10T00:00:00Z
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Un profesor denunció la grabación de sesiones de evaluación telemáticas sin su consentimiento previo. La entidad reclamada, la Consejería de Educación y Juventud de la Comunidad de Madrid, argumentó que las grabaciones eran necesarias para cumplir con obligaciones legales y para el interés público. Sin embargo, se determinó que la grabación no estaba amparada por ninguna base legal válida y que no se había informado adecuadamente a los afectados sobre la finalidad y los destinatarios de las grabaciones. Por ello, se impuso un apercibimiento y se requirió a la entidad que adecuara sus prácticas a la normativa de protección de datos, eliminando las grabaciones realizadas sin consentimiento.