| Resolución | PS-00409-2020 |
| Firmado | 2021-03-03T00:00:00Z |
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Se denunció la difusión de un vídeo en el que se mostraba la agresión a una menor de 14 años por parte de sus compañeros en un instituto. Los agresores grabaron y compartieron el vídeo en la red social Instagram. La menor afectada no dio su consentimiento para la grabación ni la difusión de su imagen.
La decisión sancionó a una de las menores involucradas, identificada como A.A.A., por tratar datos personales sin una base legal, vulnerando el artículo 6 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La sanción impuesta fue un apercibimiento, ya que se consideró que una multa sería desproporcionada para una menor. Además, se le ordenó no volver a tratar datos personales sin contar con una causa legitimadora, como el consentimiento de los afectados.