AEPD sanciona a menor por grabar y difundir agresión a compañera en Instagram sin consentimiento

Resolución PS-00408-2020
Firmado 2021-04-05T00:00:00Z
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Se denuncia la grabación y difusión de imágenes de una menor de 14 años siendo agredida por sus compañeros, quienes subieron los vídeos a la red social Instagram. La menor fue agredida en el Instituto de XXXXXXX y las imágenes se difundieron ampliamente en medios de comunicación y redes sociales.

La decisión sanciona a D.D.D., la principal responsable de grabar y difundir el vídeo, por vulnerar el artículo 6 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Este artículo establece que el tratamiento de datos personales solo es lícito si se cumple al menos una de las condiciones legítimas, como el consentimiento del interesado o el cumplimiento de una obligación legal. En este caso, no se contó con ninguna causa legitimadora para grabar y difundir las imágenes de la menor.

La sanción impuesta es un apercibimiento, ya que se consideró que una multa sería desproporcionada para una menor de edad. Además, se le requiere a D.D.D. que no vuelva a tratar datos personales sin contar con una causa legitimadora, como el consentimiento de los afectados.