| Resolución | PS-00407-2022 |
| Firmado | 2023-07-31T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
B.B.B. fue sancionado con una multa de 300 euros por la instalación de cámaras de videovigilancia en su vivienda, las cuales captaban imágenes de zonas comunes y la vía pública sin autorización. La reclamación se fundamentó en que estas cámaras vulneraban la privacidad e intimidad de los transeúntes y vecinos. La sanción se impuso debido a la falta de respuesta de B.B.B. ante los requerimientos de adecuación a la normativa de protección de datos y por no cumplir con el principio de minimización de datos, que exige que las imágenes captadas sean adecuadas y pertinentes para la finalidad de seguridad. Además, se le ordenó retirar o regularizar las cámaras en un plazo de diez días hábiles.