AEPD apercibe a GRUPO RESIDENCIAL R.R.R. por grabar calles públicas con cámaras de videovigilancia

Resolución PS-00407-2019
Firmado 2020-03-11T00:00:00Z
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Un residente denunció a GRUPO RESIDENCIAL R.R.R. por la instalación de un sistema de videovigilancia que incluye 24 cámaras, tres de las cuales capturan imágenes de las calles de acceso a la urbanización. La denuncia alega que este sistema vulnera la normativa de protección de datos al grabar áreas públicas sin autorización.

Se inició un procedimiento sancionador debido a la presunta infracción del artículo 5.1.c del RGPD, que establece el principio de minimización de datos. La entidad reclamada no presentó alegaciones, por lo que se consideró que el acuerdo de inicio del procedimiento era una propuesta de resolución.

Se resolvió apercibir a GRUPO RESIDENCIAL R.R.R. por la infracción y se le requirió que, en un plazo de un mes, redirigiera las cámaras para que no graben la vía pública, cumpliendo así con la normativa vigente. La sanción fue un apercibimiento debido a que se trata de una comunidad de propietarios sin infracciones previas.