| Resolución | PS-00405-2018 |
| Firmado | 2019-03-05T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento sancionador se inició tras la reclamación presentada por D. C.C.C. contra THE OLIVER GROUP TORREVIEJA, S.L. El reclamante denunció que la empresa había enviado un correo electrónico el 5 de agosto de 2018 a 24 destinatarios, con todas las direcciones de correo visibles, sin su consentimiento. Además, el correo contenía información personal y documentos judiciales que no eran ciertos o se aportaban sin proporcionar información veraz.
La empresa no respondió a los requerimientos de información ni presentó alegaciones al acuerdo de inicio del procedimiento, lo que agravó la situación. El correo enviado vulneraba el principio de integridad y confidencialidad de los datos personales, establecido en el artículo 5.1.f del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
La infracción se consideró muy grave debido a la falta de medidas técnicas u organizativas adecuadas para proteger los datos personales, lo que permitió el tratamiento no autorizado de la información. La empresa fue apercibida y se le ordenó adoptar medidas razonables para garantizar que, en futuros envíos de correos a múltiples destinatarios, se utilice la opción de envío con copia oculta para evitar la divulgación no autorizada de datos personales.
La sanción se fundamentó en la necesidad de proteger la privacidad y seguridad de los datos personales, así como en la falta de respuesta y colaboración por parte de la empresa reclamada. La resolución también informaba al reclamante sobre el resultado de la reclamación y se hacía pública una vez notificada a los interesados.