| Resolución | PS-00404-2018 |
| Firmado | 2019-12-13T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El Centro Hospitalario Padre Menni fue sancionado por publicar y difundir sin autorización una carta de agradecimiento de un paciente, que contenía información sobre su tratamiento psicológico. El paciente, identificado como Don A.A.A., descubrió que la carta estaba publicada en la página web del centro y en varios buscadores de internet. La carta incluía su nombre, apellidos y detalles sobre su condición de paciente, lo que vulneraba su privacidad y protección de datos.
El centro argumentó que había obtenido el consentimiento verbal del paciente para publicar la carta, pero el paciente negó haber dado tal consentimiento. Además, el centro eliminó la publicación de su página web tan pronto como recibió la solicitud del paciente para retirar la carta. El centro también implementó medidas correctivas para evitar futuras incidencias, como la eliminación de la posibilidad de publicar agradecimientos y testimonios de pacientes en su página web o redes sociales, y la revisión de sus procedimientos para obtener consentimientos escritos.
La sanción impuesta fue un apercibimiento, considerando que la infracción afectaba únicamente a los datos de salud del paciente y que el centro había actuado rápidamente para corregir la situación. Además, el centro no tenía antecedentes de infracciones previas en materia de protección de datos. La decisión subraya la importancia de obtener consentimientos explícitos y por escrito para la publicación de datos sensibles, especialmente en el ámbito de la salud.