AEPD sanciona con apercibimiento a persona por grabar y difundir imágenes de personal sanitario sin consentimiento

Resolución PS-00402-2018
Firmado 2019-11-28T00:00:00Z
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El Hospital Universitario Puerta de Hierro Majadahonda presentó una reclamación el 5 de julio de 2018 debido a la grabación y difusión de imágenes de su personal sin consentimiento. La denuncia se centró en la obtención y publicación de un video en la plataforma YouTube, donde se veían a profesionales sanitarios, vigilantes de seguridad y un paciente, sin que los afectados hubieran dado su consentimiento.

La grabación fue realizada por Doña A.A.A., quien subió el video a YouTube con la intención de criticar el tratamiento recibido por un familiar. La denuncia destacó que esta acción vulneraba la normativa sobre protección de datos, específicamente el artículo 6.1 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que establece las condiciones para el tratamiento lícito de datos personales.

La inspección determinó que el tratamiento de datos realizado por Doña A.A.A. no cumplía con las condiciones exigidas por la normativa de protección de datos. A pesar de que el video ya no estaba disponible en YouTube al momento de la consulta, se consideró que la acción inicial había infringido los derechos de los afectados.

Se decidió imponer una sanción de apercibimiento a Doña A.A.A. debido a la gravedad de la infracción y a la falta de antecedentes previos. La sanción se justificó por la obtención y difusión de imágenes sin consentimiento, lo cual no está amparado por la libertad de información y debe ser gestionado a través de los cauces legales adecuados, como la figura del Defensor del Paciente en la Comunidad de Madrid.

La resolución también advirtió a Doña A.A.A. sobre la posibilidad de futuras sanciones pecuniarias si se repitieran acciones similares, recomendando el uso de los canales legales para presentar quejas o denuncias en caso de disconformidad con los servicios prestados.