| Resolución | PS-00400-2019 |
| Firmado | 2020-01-22T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento sancionador PS/00400/2019 se inició tras la denuncia de D. A.A.A., quien reclamó haber recibido publicidad del BBVA a pesar de haber solicitado previamente que cesara dicha comunicación. El reclamante alegó que nunca había sido cliente del banco y que no había autorizado el envío de publicidad. BBVA admitió que hubo un error en el envío de la publicidad y que ya había tomado medidas para corregirlo.
La sanción se impuso debido a la infracción del artículo 21.1 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI), que prohíbe el envío de comunicaciones publicitarias no solicitadas. La sanción inicial fue de 10.000 euros, pero se redujo a 4.000 euros tras el pago voluntario y el reconocimiento de responsabilidad por parte de BBVA. Esto llevó a la terminación del procedimiento sancionador.