La AEPD sanciona a una comunidad de propietarios por vulnerar la privacidad con cámaras de videovigilancia no reguladas

Resolución PS-00396-2020
Firmado 2021-07-20T00:00:00Z
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El procedimiento sancionador PS/00396/2020 se inició debido a una reclamación presentada por B.B.B. contra la Comunidad de Propietarios A.A.A. El reclamante denunció la instalación de una cámara de videovigilancia en la fachada de una vivienda, que enfocaba tanto el recinto de la piscina como el patio y el salón de su vivienda de vacaciones. Aunque había carteles indicativos de la zona videovigilada, estos no identificaban al responsable del tratamiento de datos, lo cual es una exigencia legal.

La comunidad de propietarios fue sancionada por vulnerar el principio de minimización de datos del RGPD, ya que las cámaras captaban imágenes de zonas públicas sin justificación. La sanción inicial propuesta fue de 1500 euros, pero se redujo a 900 euros debido al pago voluntario y el reconocimiento de responsabilidad por parte de la comunidad. Este pago implicó la terminación del procedimiento sancionador.