AEPD Multa a CAFFE VECCHIO, S.L. por Publicar Datos Personales sin Consentimiento en Respuestas a Reseñas Negativas

Resolución PS-00395-2021
Firmado 2022-02-25T00:00:00Z
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La parte reclamante denunció la publicación de sus datos personales en Internet por parte de CAFFE VECCHIO, S.L. La empresa respondía a reseñas negativas en Google identificando a la reclamante por nombre y apellidos y revelando detalles de su sanción laboral. La reclamante aportó capturas de pantalla que mostraban estas respuestas.

Se determinó que la empresa vulneró el artículo 5.1.f del RGPD, que exige garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales, y el artículo 6.1.a del RGPD, que establece que el tratamiento de datos debe basarse en el consentimiento del interesado o en otra base legítima. En este caso, no se contaba con el consentimiento de la reclamante ni con ninguna otra causa que legitimara el tratamiento de sus datos.

Por estas infracciones, se impuso una multa de 1.500 euros a CAFFE VECCHIO, S.L. Además, se requirió a la empresa que implementara medidas correctoras para adecuar su actuación a la normativa de protección de datos y evitar futuras vulneraciones, incluyendo la eliminación de los datos personales publicados en Internet.