| Resolución | PS-00393-2024 |
| Firmado | 2025-04-22T00:00:00Z |
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Un trabajador denunció a Servicios de Integración de Andalucía (SIA) por incluir su número de teléfono personal en un grupo de WhatsApp laboral sin su consentimiento. El empleado alegó que recibió comunicaciones laborales fuera de horario y sufrió estrés, solicitando 6.000 euros en daños y perjuicios. SIA argumentó que el uso de WhatsApp era voluntario y que se recomendaba usar «WhatsApp Web» para desconexión digital.
La empresa reconoció su responsabilidad y pagó una sanción de 1.200 euros, aplicando reducciones por pago voluntario y reconocimiento de la infracción. La sanción se impuso por no contar con una base de legitimación adecuada para el tratamiento de datos personales, como el consentimiento libre e informado del trabajador.